El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable obligatorio para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.
Con esta medida, el Gobierno endurece su estrategia para combatir la COVID-19. De esta manera, busca reducir al máximo la movilidad de la población, confinándolos en sus hogares, a excepción de los servicios esenciales que se detallan en el texto aprobado.
La ministra portavoz y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, han comparecido este mediodía en rueda de prensa para dar a conocer los detalles de la nueva medida adoptada por el Gobierno en la lucha contra la COVID-19.
El Boletín Oficial del Estado detalla quiénes son las personas trabajadoras a las que les afecta el real decreto-ley, identifica cuáles son los sectores esenciales que deberán continuar desarrollando su actividad y las características del permiso retribuido recuperable.
El presente real decreto-ley estará vigente, desde el lunes, 30 de marzo, hasta el jueves, 9 de abril. Por lo que las personas trabajadoras afectadas deberán permanecer en sus casas con carácter obligatorio durante ese período.
El texto afirma que «el permiso conllevará que las personas trabajadoras conservarán el derecho a la retribución que les hubiera correspondido de estar prestando servicios con carácter ordinario, incluyendo salario base y complementos salariales».
«La recuperación de las horas de trabajo se podrá hacer efectiva desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020». Esta recuperación deberá negociarse con la empresa.
(Foto: Pool Moncloa/JM Cuadrado)